El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no ha encontrado ninguna razón para cuestionar el veredicto de los tribunales nacionales, en virtud del cual S. Drélingás ha sido declarado culpable de genocidio.
Drélingas debía haber sabido que los partisanos serían asesinados
El TEDH también ha rechazado el argumento de que Drėlingas no podía ser condenado por genocidio porque no tomó personalmente la decisión de aplicar la pena de muerte o exiliar a los partisanos. El TEDH ha subrayado que ni siquiera los soldados regulares han de seguir ciegamente órdenes si estas violan derechos humanos internacionalmente reconocidos, en particular el derecho a la vida. Como dirimieron los tribunales lituanos, S. Drėlingas tenía experiencia en el MGB y el KGB, así que debería haber sabido que los partisanos serían asesinados.
S. Drėlingas fue procesado cuando Lituania recuperó su independencia. Fue acusado de participar en una operación secreta para detener a un comandante de la resistencia contra la ocupación soviética, A. Ramanauskas (nombre en clave "Vanagas", o "Halcón") y a su esposa, Birutė Mažeikaitė (nombre en clave "Vanda").
El Tribunal Supremo de la República Socialista Soviética de Lituania condenó a Halcón a prisión, donde fue brutalmente interrogado, torturado, gravemente herido y, finalmente, condenado a muerte. Ese Tribunal también ordenó que Vanda se exiliase a Siberia durante ocho años.
El tribunal de Estrasburgo rechaza la demanda y se pone de parte de los tribunales lituanos
En su demanda ante el TEDH, S. Drėlingas apeló al artículo 7 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, en virtud del cual "no hay pena sin ley", argumentando que el concepto de genocidio aplicado por los tribunales lituanos en su caso no se ajustaba al derecho internacional, y que la condena era retroactiva en sí misma.
Sin embargo, el TEDH ha convenido en sus conclusiones con el Tribunal Supremo de Lituania, a saber, que los partisanos lituanos eran "una parte significativa del pueblo lituano en cuanto grupo étnico nacional", y que la represión soviética estaba dirigida contra este grupo, definido por sus características nacionales y étnicas. Ese sector del grupo étnico nacional tuvo un gran impacto en la supervivencia del pueblo lituano en general y contribuyó decisivamente a la protección de la identidad, la cultura y la conciencia nacional de Lituania. Los intentos de destruir a este grupo buscaban claramente socavar la supervivencia de la nación lituana, de modo que pueden considerarse genocidio en el sentido que a este crimen de la Convención de las Naciones Unidas contra el Genocidio.
Con estos argumentos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos consideró que la condena de S. Drėlingas estaba justificada y que el artículo 7 no había sido infringido.
En el siguiente enlace puede leerse la sentencia completa del caso Drėlingas contra Lituania.