La prohibición casi total del aborto en Irlanda proviene de la 'enmienda VIII 1983' a la Constitución irlandesa, reconociendo la igualdad de derechos a la vida de una madre y su hijo nonato. La disposición ha significado que el aborto en Irlanda sólo es lícito cuando la vida, y no la salud o bienestar, de una mujer está en peligro inmediato. El aborto incluso en estas circunstancias limitadas ha sido regulado en la legislación formal solamente a partir del año 2013, cuando se introdujo la Ley de protección de vida durante el embarazo tras el caso A, B y C v Irlanda en el TEDH.
Crítica de las Naciones Unidas
Irlanda se enfrentó a preguntas difíciles ante el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en julio de 2014 acerca de la eficacia práctica y las serias limitaciones de la ley de 2013. El presidente del Comité, Sir Nigel Rodley, sometió al Estado a duras críticas, declarando:
"El reconocimiento del derecho primario a la vida de la mujer, un ser humano existente, tiene que prevalecer sobre la de su hijo por nacer y no comprendo qué sistema de creencias daría prioridad a este y no a su madre".
La incredulidad con la que este experto en derechos humanos se refirió a la normativa vigente en materia de aborto en Irlanda tocó un nervio sensible, impulsando la más reciente de una serie de controversias alrededor del aborto. El caso gira en torno a la Señorita Y, una mujer joven solicitante de asilo que estaba embarazada debido a un asalto sexual y buscaba un aborto citando razones de riesgo de suicidio. Fue sometida a una cesárea en su vigésima sexta semana de embarazo después de una serie de retrasos en la evaluación de su condición y circunstancias. Mientras que los detalles del caso siguen bajo revisión, el caso puso en relieve el fracaso total del sistema irlandés con respecto a la integridad corporal de las mujeres.
Derogación de la enmienda VIII
Es evidente tras acontecimientos recientes y en curso que el actual régimen legal en Irlanda en materia del acceso al aborto no cumplió con su propósito y sigue negando a las mujeres el respeto a sus derechos humanos, incluyendo el derecho a la vida, la salud, la intimidad y la integridad corporal. El obstáculo fundamental para lograr el pleno respeto de los derechos humanos de las mujeres está en la Constitución. Hay un creciente de deseo para derogar la octava enmienda. Una amplia coalición de organizaciones derechos humanos y de libertades civiles, incluyendo al Consejo Irlandés para Libertades Civiles, trabaja para incluir esta reforma tan necesitada en la agenda política.