En base a la directiva de la UE sobre el estatuto de los refugiados, un desertor puede obtener asilo si justifica que su unidad militar iba a cometer crímenes de guerra y que la deserción era la única vía posible para no participar en estos crímenes. Cuando hay un mandato de la ONU, o cuando un Estado que persigue crímenes de guerra está desarrollando una misión militar, en principio es poco probable que se cometan crímenes de guerra. Esta ha sido la respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al juez alemán en el caso de Shepherd v. Alemania.