El objetivo de esta ley era ejecutar la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el escaso control que existe de las operaciones de las fuerzas del orden. Sin embargo, la enmienda no solo no implementa la sentencia del Tribunal, sino que además introduce regulaciones que pueden traducirse en una vigilancia de los ciudadanos todavía mayor.
La sentencia del tribunal
El Tribunal Constitucional ha declarado que la legislación actual permite que las fuerzas del orden accedan a datos sobre telecomunicaciones sin apenas ningún control. Pueden obtener datos de facturación de compañías de telecomunicaciones de forma indirecta, ilimitada e inmediata.
El Tribunal ordenó específicamente la introducción de un control independiente de los servicios de datos, la destrucción inmediata del material de vigilancia si el contenido se encuentra bajo secreto profesional y que los tribunales tengan la obligación de indicar con precisión los datos y métodos de vigilancia a la hora de conceder el permiso.
El Tribunal Constitucional dictó que, una vez finalicen las operaciones de seguimiento de una persona, esta debe ser informada de que ha sido vigilada. Además exigió que se defina la duración máxima de la vigilancia en la ley.
La sentencia tenía que implementarse en los siguientes18 meses, es decir, la nueva ley debe ser aprobada para febrero de 2016.
Poderes policiales
Sin embargo, el proyecto de ley de diciembre de 2015 para reformar la policía, no va a mejorar la situación actual y tampoco garantizará la ejecución de la sentencia del Tribunal Constitucional. Algunos de los fallos más graves del proyecto son el control ficticio de las operaciones y la falta de protección de la confidencialidad legal. El borrador, tal y como se presenta, es prácticamente un calco del que ya se propuso en el Parlamento anterior.
Es más, se añadieron algunos cambios en el borrador anterior, por ejemplo: estaría permitida la localización por GPS sin necesidad de autorización previa; no existiría una obligación de destruir de forma inmediata los materiales de vigilancia que contengan información amparada por el secreto profesional (como el derecho de los periodistas a proteger sus fuentes o la confidencialidad abogado-cliente) y las operaciones de seguimiento podrían durar hasta 18 meses.
Además, las competencias de la policía local se ampliaron para que abarquen también los llamados "datos de Internet", que serían accesible a través de las redes TIC sin ninguna obligación de presentar una solicitud en cada caso.
Según Barbara Grabowska-Moroz, abogada de la HFHR:
"El alcance de los datos de Internet es lo suficientemente amplio como para que representen una amenaza real de que incluyan, por ejemplo, los dominios de
los sitios web o incluso el contenido de los mensajes".
Derecho a la privacidad
La HFHR señala que esta situación constituiría una violación de los derechos de las personas. Actualmente, para poder recoger datos de internet de una persona, es necesaria la aprobación del fiscal. Además, si alguien ve que se violan sus derechos, puede presentar una denuncia. De acuerdo con el nuevo proyecto, las personas pueden no darse cuenta -y de hecho no saber nunca- que su ordenador ha sido sometido a ese tipo de vigilancia.
En lugar de un control independiente, el borrador plantea un control ficticio: la policía tendría que informar al tribunal cada año, pero, incluso cuando haya errores por parte de la policía, la destrucción de datos no sería obligatoria.
Asimismo, el borrador no contempla ninguna obligación de informar a los ciudadanos que han sido objetos de interés policial, como tampoco se les ofrece ninguna oportunidad para poder cuestionar el seguimiento que han sufrido.
Incompatible
El proyecto de ley, por tanto, es incompatible con la sentencia del Tribunal Constitucional y con la del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Esta última anuló la Directiva sobre la conservación de datos al señalar que las fuerzas de policía deben estar obligadas siempre a presentar una solicitud a un tribunal, a fin de poder recoger datos de telecomunicaciones.
La HFHR ha publicado un dictamen jurídico que incluye el proyecto de ley apoyado por el Senado, y la modificación actual, donde indica las amenazas que plantea la nueva ley tanto para la situación de una persona, como para la protección de su derecho a la privacidad.