El Consejo de Estado ha anulado la decisión del ministro de Asuntos Económicos, Henk Kamp, sobre la extracción de gas en Groningen pues considera que su interpretación del artículo 2 del CEDH es demasiado estricta. Kamp sostuvo que éste exige un peligro inminente para la vida, pero el juez dictaminó que se debería haber evaluado ordenar nuevas restricciones a la extracción de gas y por ello la consideración de Kamp está insuficientemente fundamentada. Debido a la superposición de obligaciones positivas, el juez dictaminó de manera similar en relación con el artículo 8 del CEDH.