El miércoles 21 de enero pasado tuvo lugar la sesión del Examen Periódico Universal. Se trata de un proceso que tiene lugar en el seno del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, durante el cual todos los Estados están llamados a revisar la situación en materia de derechos humanos de un país determinado y a formular recomendaciones específicas. El Estado de que se trate puede aceptar o no aceptar las recomendaciones, y, en el caso de las recomendaciones aceptadas, deberá dar cuentas periódicamente de cómo ha avanzado en ese terreno. El EPU se instauró en el año 2005, y en el caso de España, esta es la segunda vez que se somete a este procedimiento (la primera vez que lo hizo fue en el año 2010). Desde Rights International Spain ya hicimos llegar hace unos meses nuestra contribución para que se tuvieran en consideración en este proceso. La sociedad civil, por tanto, tiene un papel importante que jugar en el EPU.
Las recomendaciones que se realizaron en la sesión oral se plasmaron en un informe elaborado por una troika formada por Sierra Leona, Reino Unido y la ex República Yugoslava de Macedonia. Resumimos brevemente a continuación las principales recomendaciones y la respuesta oral de la delegación española en lo relativo los ámbitos en los que trabaja RIS. Para saber cuáles son las recomendaciones aceptadas y no aceptadas por España, habría que esperar a junio.
Devoluciones sumarias desde Ceuta y Melilla y su legalización mediante la enmienda a la Ley de Seguridad Ciudadana. Varios son los países (entre otros, Israel, Suecia, Tailandia, Austria o Canadá) que han expresado su preocupación por estas prácticas, recomendando a España que se garantice el acceso al asilo, se respete el principio de non-refoulement (no devolución a países donde puedan sufrir graves violaciones de derechos humanos) así como otros derechos y salvaguardias de las personas migrantes a las que están obligados a respetar en virtud del derecho internacional de los derechos humanos. El representante de España ha manifestado en este sentido que las “denegaciones de entrada” se producen antes de que los migrantes lleguen a territorio español, por lo que la normativa en materia de extranjería asiste a los migrantes que entran por esta frontera (cabe preguntarse cómo es posible que España actúe y legisle sobre un territorio que dice ser extranjero). En cuanto a la enmienda que legalizaría estas prácticas, aseguró que está siendo objeto de consulta, y que el texto que finalmente se apruebe estará en consonancia con los principios del derecho internacional de los derechos humanos y con el derecho de los refugiados.
Discriminación racial y étnica. Muchos son los países que se han preocupado por la situación de España en materia de racismo y xenofobia (entre otros, Brasil, Egipto, Costa de Marfil o Irán). Se han recalcado determinadas lagunas importantes, como la ausencia de una Ley Integral de Igualdad o contra la discriminación étnica, la ausencia de estadísticas que ayuden a prevenir la discriminación, o la utilización, por parte de los agentes de la policía, de perfiles étnicos en sus actuaciones. La delegación española ha enumerado una serie de medidas que viene impulsando desde hace años en este ámbito (Observatorio contra el Racismo y la Xenofobia, encuestas sobre actitudes frente a la inmigración y las minorías étnicas, fiscalías especializadas en discriminación, etc.). Nada se ha contestado, en cambio, en relación con las medidas concretas que se han recomendado, como la erradicación del uso de perfiles étnicos o la mejora de la normativa para luchar contra la discriminación.
II Plan de Derechos Humanos y mecanismos para dar cumplimiento a recomendaciones internacionales en materia de derechos humanos. A lo largo de la sesión algunos países como Grecia o Indonesia también trajeron a colación la necesidad de que España apruebe, sin dilación, un segundo Plan de Derechos Humanos (al que, por cierto, el Gobierno se comprometió al principio de su legislatura). Otros países –entre los que se encuentran Paraguay o Portugal- han recomendado, de manera más genérica, la creación de mecanismos que sirvan para dar seguimiento y cumplimiento a las recomendaciones en materia de derechos humamos emitidas por organismos internacionales. La delegación española se ha abstenido de hacer comentario alguno en relación con estas recomendaciones.
Detención incomunicada. La práctica de la detención incomunicada ha llamado la atención de varios Estados, llegando incluso algunos de ellos a recomendar la abolición de este régimen (este es el caso de Irán o la República Checa). El representante español se refirió a la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal actualmente en curso (que mantiene esta medida), al carácter excepcional de esta medida, y al escrutinio judicial de las personas incomunicadas. Nada ha dicho, sin embargo, de la posibilidad de abolirla o al menos de reconocer garantías mínimas que deberían rodear dicho régimen para prevenir la tortura y los malos tratos, incluido el acceso a determinados derechos básicos, tal y como vienen reiterando varios órganos internacionales de protección de los derechos humanos.
Tortura y otros malos tratos de personas privadas de libertad. Países como Irlanda, Holanda, Francia o Australia han incidido en la falta de salvaguardias para asegurar la investigación y reparación de casos de torturas y evitar la impunidad de los agentes, llegándose a recomendar el establecimiento de mecanismos de revisión y control de las actuaciones policiales. Sobre este tema también hubo silencio absoluto por parte de la delegación española.
Justicia transicional y desapariciones forzadas. Varios son los países que se han referido a la falta de mecanismos para garantizar la justicia, verdad, reparación y no repetición a las victimas de desapariciones forzadas y otros crímenes internacionales cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo y la necesidad de cumplir con las recomendaciones de la ONU (tal es el caso de Suiza, Chile, Francia o Argentina). La delegación española no comentó nada al respecto; se limitó a referirse a la incorporación del nuevo delito de desaparición forzada en el Código Penal (que contiene por cierto una definición insuficiente para satisfacer las exigencias de la Convención Internacional para la protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas).
Ley de Seguridad Ciudadana y restricciones a las libertades de expresión y reunión. Tampoco faltaron muestras de preocupación frente a las restricciones de las libertades de expresión y de reunión pacífica que conlleva el Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, actualmente en tramitación en el Senado (este fue el caso, entre otros, de República Checa, Serbia, Chile, Costa Rica o Suiza). Algunos de ellos hicieron alusión también a la violencia policial en manifestaciones y a la necesidad de mejorar la formación en materia de derechos humanos de estos funcionarios. Esta cuestión, pese a la insistencia de los Estados participantes, tampoco fue abordada en ningún momento en las respuestas de la delegación española.
Derechos sexuales y reproductivos. Países como Suiza o Eslovenia dieron la bienvenida a que se retirase la ley que habría impedido a muchas mujeres el acceso a un aborto legal y seguro. Eslovenia mostró su preocupación por la falta de utilización de métodos anticonceptivos entre los jóvenes, recomendando la introducción de educación sexual en el sistema educativo. Estas cuestiones tampoco suscitaron reacción alguna por parte de la delegación española.