Muchas iglesias establecidas en Hungría dentro del marco de la ley, entre ellas nueve representadas por la Unión Húngara para Libertades Civiles (HCLU, por sus siglas en inglés), solicitaron ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) una decisión sobre la Ley de Iglesias del 2012, que obligó a todas las iglesias a pasar por un nuevo proceso de regulación, durante el cual el Gobierno podría decidir qué iglesias recibirían el estatus como tal para poder recibir subsidios del Estado. Muchas iglesias que no contaban con el favor del gobierno, no pudieron recuperan su estatus de iglesia. En su demanda ante el Tribunal, afirmaron que la ley era discriminatoria y violaba el derecho a la libertad de religión.
El Tribunal falla contra Hungría
El TEDH emitió el fallo en el caso de Magyar Keresztény Mennonita Egyház y otros Vs. Hungría el 8 de abril del 2014, determinando que la Ley de Iglesias violaba el derecho de las iglesias solicitantes a la libertad de pensamiento, conciencia y religión y libertad de asociación, protegido por la Convención Europea de Derechos Humanos.
El Tribunal escribió que "al eliminar el estatus de iglesia a las demandantes, en lugar de aplicar medidas menos estrictas, se establece un procedimiento de reinscripción políticamente contaminado, cuya justificación genera dudas, y finalmente, al dar un trato distinto a los demandantes al de las iglesias establecidas, no sólo en cuanto a las posibilidades de cooperación, sino también en la obtención de beneficios para los propósitos de actividades relacionadas con la fe, las autoridades húngaras incumplieron su deber de mantener la neutralidad". El Tribunal afirmó que no existía ninguna necesidad social en una sociedad democrática para justificar estas medidas legislativas.
La Gran Cámara rechaza solicitud de remisión
El Gobierno húngaro solicitó la remisión de la causa a la Gran Cámara del TEDH. La Gran Cámara acepta los recursos solamente en ocasiones excepcionales y decide libremente sobre la admisibilidad de la petición. En este caso, el panel de cinco jueces de la Gran Sala no encontró razón alguna para reevaluar el veredicto original, y por tanto lo confirmó.
La consecuencia directa de la sentencia final es que el Gobierno húngaro debe ahora llegar a un acuerdo con las iglesias solicitantes sobre la restauración de su estatus y justa indemnización por los daños y perjuicios percibidos. Si no se llega a un acuerdo dentro de seis meses, el TEDH determinará estas cuestiones por las partes.
El Tribunal Constitucional húngaro también estableció la inconstitucionalidad de la Ley de Iglesias el año pasado (decisión 6/2013 [III. 1.]), pero en vez de iniciar el proceso legislativo que restauraría la libertad y la igualdad religiosa, el Gobierno siguió adelante con el proyecto de ley modificando la Ley Fundamental de Hungría.
Una decisión aleccionadora para el Gobierno
Por lo tanto, a la luz de la sentencia del TEDH, tanto la Ley de Iglesias como la Ley Fundamental, en su forma actual, violan la Convención sobre los derechos humanos. Según la HCLU, esta decisión sirve como aprendizaje para que el Gobierno se dé cuenta de que no puede seguir esta agresión a la libertad religiosa. Además de restablecer el estatus de las iglesias solicitantes y compensarlas, Hungría debe eliminar la Ley de Iglesias y las modificaciones introducidas en la Ley Fundamental.
"En caso de no modificar las leyes para adecuarlas a la Convención, Hungría será responsable de la clara violación de sus obligaciones internacionales", dijo Szabolcs Hegyi, abogado del Programa de la HCLU para la libertad de conciencia.