El Parlamento italiano aprobó el 8 de noviembre una normativa sobre retención de datos que permitirá que los operadores de telecomunicaciones retengan datos telefónicos y de Internet durante 6 años.
Una grave amenaza para la privacidad
A pesar de que esta medida supone una amenaza para la privacidad de todos los ciudadanos y puede tener consecuencias extremadamente graves, ha recibido escaso interés y pocas reflexiones al respecto. La normativa ha sido denunciada por la Coalición italiana por los Derechos y las Libertades Civiles (CILD), miembro de Liberties, y por el Centro Hermes por la Transparencia y los Derechos Humanos digitales.
Las dos organizaciones llevan expresando su preocupación desde julio, cuando la disposición fue introducida en una ley de transposición que seguía una directiva del Consejo de Europa sobre la seguridad de los ascensores.
En concreta, la legislación contradice las indicaciones del Tribunal de Justicia de la UE y está en conflicto con la normativa italiana sobre privacidad vigente, como señaló el mes pasado Antonello Soro, presidente de la Agencia Italiana para la Protección de Datos. Muchos expertos opinan que podría impugnarse en breve en los tribunales.
Retención de datos previa
La retención de datos en Italia seguía una normativa sobre privacidad hasta 2015: hasta dos años de retención para las comunicaciones telefónicas, un año para las telemáticas y 30 días para las llamadas perdidas.
Estos plazos se ampliaron posteriormente por el Decreto de Lucha Antiterrorista de 2015, el cual, hasta el 30 de junio de 2017 reclamó la retención de los datos de las comunicaciones telefónicas o telemáticas. Esto excluía el contenido de las comunicaciones, incluidos los datos no citados de las llamadas, de los que se encargaron temporalmente los proveedores, públicamente accesibles, de servicios de comunicaciones electrónicos.
El 30 de junio, sin embargo, la prórroga que permitía el almacenamiento de estos datos expiró, sin que el gobierno la renovara.