El objetivo fundamental de la enmienda es implementar las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) y del Tribunal Constitucional que se refieren al traslado de personas legalmente incapacitadas a residencias estatales para personas con discapacidad.
Revisión judicial
Con la ley anterior, estas personas podían ser trasladadas a residencias a petición de sus tutores legales, sin ninguna revisión judicial. Además, tras la admisión en las mismas no tenían ningún recurso legal que les permitiera recurrir la decisión y tratar de salir.
La enmienda armoniza la ley con los estándares desarrollados por el Tribunal Constitucional polaco y el TEDH: con la nueva normativa, un tutor legal necesita obtener la aprobación de un tribunal para llevar a una persona incapacitada a una residencia. Y lo que es aún más importante, las personas incapacitadas pueden presentar una moción a un tribunal para salir de una residencia.
Representación obligatoria de un abogado
La enmienda introduce varios cambios positivos más. Por ejemplo, todas las personas que se encuentran en hospitales psiquiátricos o en residencias tienen que estar representadas por un abogado profesional en todos los procedimientos legales relacionados con su estancia en la institución. Además, los tribunales de tutela ahora están obligados a decidir si una persona debe ser internada en un hospital psiquiátrico inmediatamente después de celebrar la audiencia.
La enmienda también introduce una serie de normas detalladas del procedimiento de traslado de internos de una residencia a otra y establece reglas más detalladas sobre el uso legal de la violencia física.
La contribución de HFHR
La enmienda ha recogido propuestas que lleva muchos años señalando el miembro de Liberties, la Fundación Helsinki para los Derechos Humanos (HFHR, por sus siglas en inglés). HFHR litigó previamente el histórico caso Kędzior c. Polonia en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que se refería a un hombre incapacitado asignado a una residencia. El caso concluyó en 2012 cuando el TEDH dictaminó que se había violado el Artículo 5 (derecho a la libertad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
HFHR lleva mucho tiempo haciendo seguimiento de la aplicación de esta sentencia y pidiendo un cambio en la ley. La organización también presentó un amicus curiae muy extenso al Tribunal Constitucional en un caso que cuestionaba la constitucionalidad de ciertas disposiciones de la Ley de Protección de Salud Mental. Además, durante el trabajo legislativo sobre la enmienda en el Sejm (la cámara baja del Parlamento de Polonia) HFHR emitió una opinión legal con modificaciones adicionales a la Ley de Protección de la Salud Mental. Muchas de las propuestas fueron finalmente aceptadas.