El 10 de julio un tribunal de La Haya dictaminó que una escuela primaria debía pagar una indemnización de 500€ por programar las fotos grupales de los alumnos el día del Eid (Ruptura del ayuno de Ramadám). El caso fue denunciado por los progenitores de 2 estudiantes que no pudieron hacerse la foto pues coincidía con la fiesta religiosa. El tribunal sostuvo que la alternativa -tomar fotos individuales otro día- era insuficiente. Al no ofrecer alternativas adecuadas para la foto de grupo, consideró que el colegio había hecho una distinción indirecta y violado el derecho a la igualdad de trato.