El tribunal general administrativo superior de los Países Bajos, la División Jurisdiccional Administrativa del Consejo de Estado de los Países Bajos, desgranó en cuatro sentencias, el 4 de marzo, la medida acerca de los niños migrantes residentes de larga duración, más conocida como el “perdón para los niños”. En todos los casos, el secretario de Estado para seguridad y justicia, Fred Teeven, se negó a expedir permisos de residencia basados en dicha medida porque los extranjeros implicados habrían evitado la supervisión.
La medida señala que los extranjeros están cualificados para obtener el permiso de residencia si no han evitado la supervisión. De acuerdo con el Sr. Teeven, los extranjeros cumplen este requisito cuando se lleva a cabo un seguimiento por parte del Servicio de Inmigración y Naturalización, la Agencia Central para la Acogida de Solicitantes de Asilo, el Servicio de Repatriación y Salida, la Policía de Extranjeros o la agencia de custodia Nidos.
De acuerdo con el Consejo de Estado, a los extranjeros ilegales se les supone una postura activa para permanecer controlados por las agencias mencionadas. El Consejo de Estado señala que el hecho de que un extranjero haya mantenido contacto con otras autoridades, tales como un ayuntamiento, no es suficiente porque esas autoridades no se ocupan de la implementación de la política de extranjería.
El secretario de Estado argumenta que se pierde la pista de un extranjero tan pronto como sus solicitudes de asilo han sido rechazadas, y que el extranjero debe de hacer un esfuerzo para volver a aparecer en el radar del Servicio de Repatriación y Salida. El Consejo de Estado no está de acuerdo en este punto con el Sr. Teeven. El hecho de que el Servicio de Repatriación y Salida y el Servicio de Inmigración y Naturalización informen al secretario de Estado no significa que un extranjero está descontrolado por la mera circunstancia de que haya agotado todos los recursos legales.