La policía puede registrar teléfonos inteligentes, aunque su acceso está restringido y no pueden leer todos los datos del dispositivo, incluido el acceso completo a los contactos, el historial de llamadas, mensajes y fotos, según una sentencia del Tribunal Supremo de Países Bajos el 4 de abril de 2017.
La policía registró el teléfono inteligente de un hombre sospechoso de tráfico de cocaína a través del aeropuerto de Schiphol. En el teléfono encontraron pruebas incriminatorias. Según su abogado, este registro supuso una violación del derecho del sospechoso a la privacidad (garantizado por el artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos). Debido a esta infracción, el abogado argumentó que las pruebas halladas en el teléfono no podrán ser utilizadas.
Pero el tribunal que juzgó la apelación dictaminó que la policía había actuado legalmente cuando decidieron confiscar y registrar su teléfono.
Violación limitada de la privacidad
El caso fue recurrido ante el Tribunal Supremo. En su sentencia del 4 de abril, coincidió con el Tribunal de Primera Instancia en que la violación de la privacidad del hombre había sido limitada.
Sin embargo, señaló que si el registro de un teléfono inteligente proporciona una imagen completa de la vida personal de su usuario, esta podría considerarse ilegal. Este puede ser el caso si la policía analiza los datos de un teléfono sistemáticamente con la asistencia de un sistema técnico. Para hacer esto, primero deben obtener el permiso del fiscal o del juez-comisionado.