El Departamento de Derecho Administrativo del Consejo de Estado dictaminó el 4 de julio que el Ministro de Justicia y Seguridad Ferdinand Grapperhaus cumplía con la legalidad al denegar las solicitudes de asilo a tres personas transgénero de Cuba.
Las personas aducen que no pueden volver a Cuba porque sufren persecución. Sobre el papel, parece que Cuba es un país progresista, pero, de acuerdo con los solicitantes, en la práctica no se respetan los derechos de lesbianas, homosexuales, bisexuales y personas transgénero e intersex (LGTBI).
Grapperhaus tiene otra idea de la situación en Cuba y, por ello, denegó las solicitudes de asilo.
Mejoras de la situación de las personas LGTBI en Cuba
En su dictamen, el Departamento de Derecho Administrativo argüía que los documentos presentados en el procedimiento no demuestran que la situación de las personas LGTBI en Cuba sea tan grave como para que se les persiga como grupo.
La situación para las personas LGTBI no es sencilla, pero ha mejorado considerablemente en los últimos años. Por ejemplo, las autoridades han permitido que se celebre el orgullo gay y una manifestación a favor del matrimonio homosexual y son posibles las operaciones de reasignación de género.
Es verdad que los documentos también demuestran que las personas LGTBI no siempre cuentan con la aceptación de la sociedad y son un blanco fácil de la intolerancia, la discriminación, los abusos y la violencia, pero no prueban que haya hipocresía en la promoción de os derechos LGTBI por parte de las autoridades.
Las personas LGTBI también se quejan a las instituciones gubernamentales del maltrato policial y de otros problemas.
Funcionan socialmente
Por otro lado, los nacionales extranjeros no lograron probar que habían sufrido detenciones y multas por el mero hecho de formar parte de la comunidad LGTBI.
La policía, por ejemplo, visita lugares de encuentro LGTBI porque son lugares también conocidos como zonas donde se practica la prostitución. Existen también clubs legales donde se pueden encontrar las personas LGTBI.
Por lo tanto, a juicio del Departamento de Derecho Administrativo, estas personas extranjeras no están sometidas a constricciones tan extremas en su vida cotidiana como para no poder funcionar socialmente y, por consiguiente, el ministro no tiene ninguna obligación legal de concederles el asilo.