La Liga Belga de Derechos Humanos (LDH), miembro de Liberties, junto con los Servicios para los Derechos de la Juventud de Bruselas, el Comité de Supervisión del Trabajo Social y la Haute École Bruxelles Brabant, han hecho un llamado de atención a los profesionales de todos los sectores sobre el artículo 458ter del Código Penal, que establece, desde el 3 de agosto de 2017, que el secreto profesional puede suprimirse en el marco de las llamadas "consultas de casos". Desde un punto de vista legal, esto representa una invasión significativa del secreto profesional y abre un profundo debate.
La ley establece que se pueden celebrar consultas entre la fiscalía, la policía y los trabajadores médicos, sociales y psicológicos en casos en los que esté en juego la protección de la integridad física o moral de una persona.
Esto puede ser el caso en una situación de abuso infantil, por ejemplo, pero también en situaciones de delitos contra la propiedad. Pero si estas consultas no se limitan a situaciones de extremo peligro, su uso acabará generalizándose. Se llevarán a cabo este tipo de reuniones sin la presencia de aquellos que revelen su(s) secreto(s) y sin su consentimiento, y profesionales de distintos ámbitos normalizarán la organización de las mismas, dando lugar a nuevas violaciones del secreto profesional.
El secreto profesional es fundamental
La policía y los funcionarios del sistema de justicia no tienen poderes absolutos. El secreto profesional tiene por objeto proteger valores fundamentales, como el derecho a la defensa, a la intimidad, a la asistencia médica, psicológica y social y a la necesidad de disponer de un espacio de confidencialidad.
Junto con las organizaciones mencionadas, LDH publicó un informe basado en una jornada de estudio que se llevó a cabo en enero con profesionales de la materia. Las ONG belgas recuerdan a la sociedad en qué consiste el secreto profesional y qué está en juego con esta nueva legislación, y plantean algunas preguntas que los profesionales deben hacerse si les convocan a asistir a una "consulta de casos" de este tipo: ¿Es obligatoria mi participación? ¿Debo revelar información? ¿Qué datos contiene la convocatoria? ¿Debería informar a la persona afectada? ¿Debería proponer que esté presente la persona afectada? ¿Qué tipo de información se puede revelar? etc.
Los sectores que trabajan en el ámbito de la juventud, la salud, la justicia y la asistencia social se ven afectados por estas nuevas consultas de casos y, tarde o temprano, serán convocados a asistir a una consulta para compartir información sobre los ciudadanos.
Por eso es muy importante que cada profesional reconsidere sus prácticas, tenga en cuenta estos cambios jurídicos y tenga claro que la protección del secreto profesional es la norma, y la revelación de información la excepción.
Enlaces de interés:
- Informe de la jornada de estudio (de enero) y las pautas para profesionales.
- Video de las ponencias de la jornada de estudio.