El Tribunal Constitucional de Polonia dictó dos sentencias el 24 de octubrerespecto a la última reforma del sistema judicial. Estas se refieren al nombramiento del magistrado superior del Tribunal y a varias disposiciones de ley en las actuaciones del Tribunal Constitucional, incluidas las normas que permiten la toma de funciones judiciales por parte de jueces nombrados para cargos que ya están ocupados.
El primer presidente del Tribunal Supremo
La primera sentencia está relacionada con las normas que afectan a la elección del primer presidente del Tribunal Supremo, que han estado en vigor desde 2003. El Tribunal Constitucional ha manifestado, entre otras cosas, que la Asamblea General de Jueces del Tribunal Supremo no puede decidir en su resolución el procedimiento que rige la selección del primer presidente, ya que este procedimiento debe estar regulado por la ley.
Jueces del Tribunal Constitucional
La segunda sentencia afecta a la constitucionalidad de las normas que permiten la toma de funciones judiciales por parte de jueces nombrados para cargos que ya están ocupados. La sentencia está relacionada con las tres propuestas de enmienda de la Ley del Tribunal Constitucional que fueron presentadas en noviembre y diciembre de 2016 y que cuestionó el Defensor del pueblo.
La denuncia se refería a la disposición que obliga al presidente del Tribunal Constitucional (en aquel momento era la jueza Julia Przyłębska, la actual presidenta del Tribunal) a asignar casos a todos los jueces que habían prestado juramento antes que el presidente. Estas disposiciones también incluían a los jueces nombrados para cargos ya ocupados en el Tribunal.
Varios jueces que atendieron el caso estaban directamente relacionados con una de las disposiciones cuestionadas. No es posible conciliar esas actividades con los principios fundamentales del derecho y, en particular, con la norma que dice que no se puede ser juez de tu propia causa.
Destituciones de la Oficina del Tribunal Constitucional
El Defensor del pueblo planteó su preocupación por las normas que permiten las destituciones arbitrarias de los antiguos empleados de la Oficina del Tribunal Constitucional. De acuerdo con estas disposiciones, salvo que se les haya ofrecido la posibilidad de evolucionar dentro de las nuevas estructuras que sustituyen el actual cargo, tienen que dejar sus puestos a finales de 2017.
En este sentido, la sentencia del Tribunal suscita preocupación: el tribunal considera que las disposiciones que permiten las destituciones arbitrarias, incluidas las de personas en situación de vulnerabilidad (como las mujeres embarazadas) se ajustan a la Constitución. Además, parece imposible aceptar las disposiciones que permiten una publicación selectiva de las decisiones del Tribunal, o aquellas que permiten a los jueces designados ocupar cargos para ver las causas antes que el tribunal. Estas sentencias del Tribunal minan los fundamentos del Estado de derecho.