El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha desestimado una demanda del asesino en masa noruego Anders Behring Breivik por las condiciones de su detención en Noruega.
Mantenido en aislamiento
En su dictamen sobre la causa, presentada bajo el nuevo nombre del demandante, Fjotolf Hansen, como Hansen contra Noruega (demanda nº 48852/17), el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, representado por un Comité de tres jueces, declaró improcedente la demanda. Se trata de un dictamen que no admite recurso.
El demandante fue condenado en agosto de 2012 por haber asesinado a 77 personas y herido a otras 42 en un mitin político juvenil y colocando un coche bomba en Oslo en julio de 2011. Se le sentenció a 21 años de prisión preventiva.
Interpuso una demanda en los tribunales nacionales por las condiciones de su detención, en particular su aislamiento de otros presos.
No hay vulneraciones de sus derechos como preso
Finalmente, el Tribunal Supremo de Noruega determinó en el procedimiento de apelaciones que no había habido ninguna vulneración de los derechos recogidos en el Artículo 3 (prevención de la tortura y del trato inhumano o degradante) ni en el Artículo 8 (derecho a la privacidad y a la vida familiar) de la Convención Europea de Derechos Humanos.
En su presente dictamen, el Tribunal de Estrasburgo determinó que de su análisis del caso no se desprendía ninguna vulneración de la convención y desestimó la demanda como improcedente, por estar claramente falta de fundamentos.