El jueves pasado, 24 de agosto, tuvo lugar en un tribunal de La Haya la audiencia sobre el caso afgano 1F. Los demandantes son un solicitante de asilo 1F afgano y el Comité Neerlandés de Juristas para los Derechos Humanos.
El caso es único en Países Bajos porque el Consejo de Estado se niega a remitir los casos de los afganos al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). El Consejo de Estado, el tribunal más alto de Países Bajos que puede dictaminar sobre ley migratoria, ha violado la legislación de la UE al no realizar una investigación individual de cada una de las solicitudes del 1F y negarse a preguntar al TJUE sobre cuestiones perjudiciales, lo que abunda en un acto ilícito por parte de Países Bajos
Los del 1F
Varios cientos de afganos en Países Bajos pertenecen al denominado grupo 1F. Son sospechosos de crímenes de guerra porque sirvieron en el servicio secreto afgano en las décadas de 1980 y 1990. Los delitos presuntamente cometidos figuran en el Artículo 1F de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados.
Debido a estas sospechas se les han denegado sus solicitudes de asilo. Sin embargo, a las personas en esta situación a menudo tampoco se les permite regresar a sus países de origen, como es el caso de estos afganos en Países Bajos. Como resultado, están atrapados en un estado de limbo legal.
La concesión de un estatuto de 1F a estos refugiados se basa en una declaración oficial del país, que explica que todos los empleados del servicio secreto afgano en las décadas de 1980 y 1990, cualesquiera que fuera cargo, han cometido crímenes de guerra.
En realidad, cada caso debe ser investigado de forma individual para evaluar si la sospecha del artículo 1F es aplicable y en caso de que sí lo sea, debería conducir a un proceso penal.Sin embargo, Países Bajos concede el estatus 1F a los afganos de forma categórica y solo ha llevado a dos personas a juicio (de los cuales una fue condenada por crímenes de guerra).
Se les deniegan las prestaciones básicas
Debido a que la participación individual no se evalúa, un grupo grande de afganos acaba en un vacío legal que les impide acceder a varios servicios básicos. Los miembros de la familia, que a menudo tienen permiso de residencia -muchos de ellos se han convertido en ciudadanos neerlandeses durante este tiempo- están excluidos de algunas prestaciones (el subsidio de alquiler, de atención sanitaria, de cuidado de niños), porque su pareja / padre no tiene documentos.
La deportación a Afganistán para la mayoría ya no supone una opción segura y, por lo tanto, está prohibida por el Artículo 3 del CEDH. En resumen, no tienen dónde ir. Para algunos de ellos, esta situación lleva prolongándose desde hace más de 15 años.
La sentencia se emitirá el 11 de octubre de 2017. Puedes leer el resumen del juicio aquí.