Tras una sentencia en un procedimiento preliminar de referencia ante el TJUE, la División de la Jurisdicción Administrativa del Consejo de Estado neerlandés (el tribunal administrativo más alto) ha dejado claro que, según la ley de la UE, varios alcaldes actuaron correctamente al rechazar 4 solicitudes de pasaportes en las que los ciudadanos se negaron a imprimir su huella dactilar. El tribunal también ha aclarado en 3 sentencias relacionadas, que los alcaldes no pueden negarse a expedir documentos de identidad por estos motivos, pues en esto no existe ninguna obligación europea.