Aunque la Unión Europea implementó las leyes de inmigración con respecto a los nacionales de terceros países en el 2003, la aplicación y la cohesión de los procedimientos de inmigración en los Estados miembros sigue siendo problemática. Uno de los temas más prominentes y que la Comisión Europea está tratando de gestionar es que cada Estado miembro de la UE difiere en su interpretación y aplicación de leyes basadas en directivas de la UE. Actualmente la Comisión esta llevando a cabo una consulta de directrices destinadas a estandarizar la práctica en este sentido. La Fundación de Helsinki para los Derechos Humanos participa en esta consulta.
"Pensamos que las directrices bajo consulta contienen una definición muy estrecha de la familia," dijo Małgorzata Jaźwińska, abogada HFHR. "Esto significa, por ejemplo, que un extranjero no puede presentar una solicitud para una estancia temporal de un adulto miembro de su familia, es decir, una madre, un padre o abuelos."
La experiencia de HFHR demuestra que quienes podrán ejercer su derecho a la reagrupación familiar renuncian a él por razones culturales. "No pueden reunir toda la familia si algunos de sus hijos son mayores de edad", explicó Jaźwińska. "Por lo tanto, los padres a menudo tienen que elegir entre sus hijos, o entre un cónyuge o hijos".
En una situación en la cual un Estado miembro determinado permite solamente la reunificación de los padres con hijos menores de edad, se convierte aun más importante actuar de manera rápida y eficaz. De lo contrario, la excesiva duración del procedimiento llevado a cabo por las autoridades públicas puede privar a un hijo menor de edad del derecho a ser reunido con su familia, si él o ella cumplen la mayoría de edad antes de que el proceso haya concluido.
"Otro problema que enfrentan los extranjeros que deseen ejercer el procedimiento de reagrupación familiar es el requisito de tener todos los documentos en el país donde se realiza la solicitud," dijo Ms Jaźwińska. HFHR ha hecho llamados para permitir que los extranjeros que deben presentar documentos los puedan obtener tanto en el país de destino en el cual ya está un miembro de la familia así como en los servicios extranjeros diplomáticos y consulares del país de origen.
Al mismo tiempo, HFHR apoya la interpretación de la Comisión del requisito de que un miembro de la familia que solicita la reagrupación familiar debe tener recursos estables y regulares. Según la Comisión, esos recursos pueden incluir medios privados ya acumulados por un extranjero y no sólo un ingreso regular, como está especificado en leyes nacionales.
Según datos de la oficina de extranjeros, sólo tres extranjeros con estatus de refugiado o protección filial se postularon para reagrupación familiar en el 2012, mientras que no hubo ninguno en el 2013 y uno en el 2014.