El Tribunal de Apelación de Amsterdam dictó sentencia el pasado 1 de febrero sobre el caso de un galerista que vendió el Mein Kampf de Adolf Hitler en su galería de Ámsterdam.
El caso comenzó cuando el Federatief Joods Nederland (Federación Judía de los Países Bajos) denunció al propietario de la galería el 27 de octubre de 2013 por haber vendido el libro Mein Kampf.
Objeto histórico
Según el fiscal, el dueño de la galería era culpable de la distribución y el almacenamiento de un artículo que contiene afirmaciones que pueden ser consideradas como un insulto a un grupo de personas y una incitación al odio y la discriminación de los judios en razón de su raza y religión.
El 21 de noviembre de 2014, el tribunal de distrito de Amsterdam dictaminó que el dueño del anticuario no puede ser sancionado, a pesar de que el acto de venta del Mein Kampf es ilegal. Condenar al dueño de la galería sería una violación del Artículo 10 de el Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege la libertad de expresión.
El tribunal de distrito concluyó que los cambios sociales, incluido el hecho de que Mein Kampf se puede adquirir ahora fácilmente, así como la consideración de que el libro se vendió como un objeto histórico, hacen innecesaria la condena del galerista en una sociedad democrática. El fiscal presentó un recurso contra la sentencia.
Prudencia
Con su resolución del 1 de febrero, el Tribunal de Apelación de Amsterdam fue aún más lejos que el tribunal de distrito. El Tribunal de Apelación dictaminó que incluso el acto de vender Mein Kampf no ha de ser sancionado y por ende ha declarado la absolución de todos los cargos para el propietario de la galería.
En interés de una sociedad democrática, la prudencia es esencial cuando se prohíbe la expresión de opiniones. El listón del Tribunal Europeo de Derechos Humanos está fijado a un nivel muy alto. Asimismo, las opiniones y creencias disconformes que pueden resultar chocantes, lesivas o molestas deberían estar en el dominio público en la medida de lo posible, dijo el tribunal.
El Tribunal de Apelación consideró que Mein Kampf, en el contexto del antisemitismo y de la lucha contra este en el debate público, teniendo en cuenta su contenido y la imagen del libro, desempeña un papel fundamental como uno de los recursos históricos del acervo antisemita.
En este caso, no hay ninguna necesidad social imperiosa de condenar al dueño de la galería por vender el libro Mein Kampf. Lo vendió a personas que estaban interesadas en ejemplares históricos. No es un simpatizante del pensamiento nazi ni un propagandista del mismo. Además, Mein Kampf está disponible gratuitamente en bibliotecas y en Internet.
El fiscal ha señalado que interpondrá un recurso de casación contra la sentencia del Tribunal de Apelación de Amsterdam.