En Estonia, a las personas casadas que se quedan en casa para cuidar de sus hijos generalmente el Estado les cubre la asistencia sanitaria. Pero en junio se le denegó la seguridad social a Jelena, madre de una familia del mismo sexo con un hijo. La pareja acudió a los tribunales con el apoyo del Centro de Derechos Humanos de Estonia y de un bufete de abogados local. En septiembre, el tribunal dictaminó que la actuación del Estado había sido inconstitucional.
El Tribunal dictaminó que las parejas del mismo sexo y los padres que han inscrito legalmente a sus parejas deben recibir el mismo trato que los padres que están casados.
El Estado deniega la asistencia sanitaria por un tecnicismo
Marina y Jelena llevan más de diez años viviendo juntas. Durante este tiempo, Jelena dio a luz a un hijo, que actualmente tiene tres años. En 2016, registraron su unión y Marina adoptó al hijo de Jelena, que habían planeado, esperado ansiosamente y criado juntas. Consecuentemente, tanto Marina como Jelena figuran como progenitoras en su certificado de nacimiento. Tras el parto y la adopción, Marina tomó su baja de maternidad, pero más delante regresó al trabajo y Jelena comenzó a quedarse en casa con su hijo. El Estado denegó a Jelena la asistencia sanitaria alegando que la unión registrada que proporcionaría este derecho a la pareja todavía no se había llegado a implementar. La pareja acudió al Centro de Derechos Humanos de Estonia y, con la ayuda de los abogados Kalle-Kaspar Sepper y Tõnis Loorits, decidieron recurrir a los tribunales.
La victoria en el tribunal demuestra la necesidad de que se implemente la legislación
"Esta victoria en los tribunales demuestra claramente la necesidad de implementar de una vez la Ley de uniones registradas para poner fin al sufrimiento inútil y a los gastos económicos derivados para las parejas del mismo sexo y sus familias. En un Estado en el que se respetan los derechos humanos, es importante garantizar la igualdad de derechos y posibilidades a todas las familias, sin tener que acudir a los tribunales para ello", declaró Kelly Grossthal, experta en litigios estratégicos del Centro de Derechos Humanos de Estonia.
En su sentencia, el tribunal declaró que implementar y preservar normas que conducen a resultados diferentes para personas en situaciones similares es contrario al artículo 12 de la Constitución. El Tribunal determinó que en el caso de Marina y Jelena no existe ninguna razón para tratar de manera diferente a la progenitora que tiene asistencia médica y está criando a su hijo y a su pareja del mismo sexo registrada, que también está criando al niño. Además, el Tribunal declaró que los matrimonios no difieren de las parejas de hecho registradas en cuanto a la obligación mutua de mantenerse. Asimismo destacó que el objetivo de estas medidas es crear el mejor entorno y las mejores condiciones posibles para los niños.
Otra gran victoria para la comunidad LGBT de Estonia
La sentencia se suma a otra gran victoria judicial este verano, en la que un tribunal dictaminó que la pareja del mismo sexo de una ciudadana estonia debía obtener un permiso de residencia para poder vivir juntas en Estonia. Estas dos sentencias marcan pequeños pasos hacia el desarrollo y la consolidación de los derechos de la comunidad LGBT y de las parejas del mismo sexo registradas en Estonia.