"Ideología anti democrática"
En la primera lectura a principios de diciembre, el Parlamento búlgaro adoptó enmiendas al Código Penal. El castigo con prisión de uno a cinco años y una multa de 5.000 levas (2.500 euros) paraa las personas que prediquen el Islam radical u otra ideología que utilice sus creencias para fines políticos. El proyecto de ley fue presentado por United Patriots, una coalición de extrema derecha que está desempeñando un papel activo en la gobernanza del país.
De acuerdo con las enmiendas aprobadas, el "Islam radical" es "cuando una persona hace campaña para el establecimiento de un Estado Islámico (califato), cuando se esfuerza por que se cumpla la ley Sharia sobre el secularismo, cuando trata de imponer una aplicación violenta de principios religiosos o promueve la violencia en forma de una guerra santa contra los no musulmanes, cuando hace campaña para cooptar seguidores para las organizaciones terroristas islámicas".
Según los tratados internacionales, Bulgaria tiene la obligación de criminalizar ciertas formas de expresión pública, especialmente aquellas que incitan a la violencia o al odio, o insultan a ciertos grupos debido a su filiación racial, étnica, religiosa o nacional; incitan a ataques terroristas u otros actos violentos; promueven ideas de superioridad racial u odio, o incitan a la discriminación racial. Además, el Código Penal búlgaro establece la responsabilidad penal por difamación o calumnia, así como por formas de expresión que constituyen una incitación al delito, revelación secretos de Estado, etc.
El nuevo proyecto de ley se basa en una sección del Código Penal que prevé la detención de hasta tres años por predicar "ideología fascista u otra ideología antidemocrática". Esta disposición es un residuo del derecho penal del régimen totalitario y contradice los estándares internacionales sobre la protección de la libertad de expresión debido a la ambigüedad de la "ideología antidemocrática", puede constituir una prohibición total de todas las formas de "predicación", independientemente de su contexto o efecto.
Predicación protegida
En el caso Günde c. Turkey de 2003, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) dictaminó que la predicación pacífica de una ideología antidemocrática a la hora de expresar creencias religiosas, está protegida por el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. La penalización de tales formas de expresión en el nuevo proyecto de ley viola esta disposición.
Hoy en día, muchas doctrinas religiosas ampliamente extendidas predican la supremacía de las normas religiosas sobre las del Estado. Algunas incluso rechazan las leyes de una sociedad democrática en nombre de una sociedad basada en las prescripciones de la doctrina religiosa. Cuando esto se predica de forma pacífica, sin incitar a la violencia y expresando una creencia religiosa profunda, es inaceptable criminalizar esta forma de expresión.
Algunas de las enmiendas del nuevo proyecto de ley plantean grandes problemas. Uno de ellas criminaliza las "creencias religiosas con fines políticos" o hacer campaña para que se "modifique el orden constitucional y legal existente". En una serie de casos contra Bulgaria, el TEDH señaló la ambigüedad de este texto y el enorme e inaceptable alcance del concepto "fines políticos". En Bulgaria, las autoridades han utilizado este concepto en algunos casos a la hora de registrar partidos políticos y organizaciones sin ánimo de lucro. Aunque, el texto es totalmente absurdo, esta laguna está establecida en la legislación, lo que implica que ninguna comunidad religiosa en Bulgaria podrá propagar cambios en la legislación, incluso cuando existan problemas con su propio estatus.
Las enmiendas propuestas son discriminatorias y contradicen el derecho internacional. Llevarán a la estigmatización de las creencias religiosas de muchos grupos de personas: musulmanas, y pertenecientes a otras comunidades religiosas. El proyecto de ley todavía tiene que ser votado en segunda lectura.