Cuatro organizaciones de derechos humanos critican la sentencia
La Casa de los Derechos Humanos de Zagreb, Documenta - Centro para lidiar con el pasado, el Centro de Estudios para la Paz y el Comité Ciudadano de Derechos Humanos han criticado al poder judicial croata por no proteger el derecho a la libertad de expresión y reunión del activista Zoran Erceg. Erceg ha sido condenado a 15 días de prisión y a una prohibición de acercarse al monumento a Franjo Tuđman durante un año tras llamar al ex presidente criminal de guerra durante la inauguración de su estatua. La pena de cárcel ha sido superior a los 10 días que recomendó la policía.
El Tribunal ignora el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En su sentencia, el Tribunal de Faltas de Zagreb ha hecho caso omiso del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el derecho a la libertad de expresión y de reunión, incluida la expresión de actitudes críticas y contrarias a la política actual o a las convicciones sociales mayoritarias. La libre expresión de opiniones críticas durante protestas en lugares públicos es una garantía fundamental de una sociedad libre y plural. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos estableció la norma de protección del derecho a la libertad de expresión en una sociedad democrática en la década de 1970. Este precedente también protege el derecho a expresar ideas o actitudes que puedan considerarse "ofensivas, chocantes o molestas para el Estado o para cualquier parte de la población". Las cuatro organizaciones de derechos humanos consideran que esta sentencia constituye una amenaza para los fundamentos de una sociedad democrática.
La sentencia es significativa en el
contexto más amplio de la libertad de expresión
Las consecuencias de esta sentencia van mucho más allá del encarcelamiento y la violación de los derechos humanos de un individuo concreto, representa una grave amenaza sistemica hacia el derecho de los ciudadanos croatas a reunirse y expresarse libremente. Esperamos que el tribunal de segunda instancia actúe de conformidad con las obligaciones del Convenio Europeo y que, en el proceso de apelación, aplique directamente la práctica del Tribunal Europeo, garantizando así los derechos humanos y las libertades fundamentales.