El gabinete había recurrido la decisión del primer tribunal en el caso de espionaje presentado por la firma de abogados Prakken d'Oliveira. El Servicio general de inteligencia y seguridad (AIVD) estuvo escuchando las llamadas entre la firma abogados y sus clientes. En la decisión de la apelación, el juez de La Haya dictaminó que el AIVD y el MIVD (inteligencia militar) no pueden controlar este tipo de llamadas telefónicas, cubiertas por la confidencialidad entre abogado y cliente. La vigilancia solo es legal bajo supervisión independiente, de la que carece en la actualidad.