Los ayuntamientos quieren disponer de los detalles médicos de los pacientes que están en atención a menores antes de pagar dicha atención. Sin embargo, el secreto de la profesión médica no lo permite. De hecho, la confidencialidad es lo que garantiza que la gente pueda hablar de sus problemas sin que el gobierno local meta las narices.
Sin el permiso de los afectados, no están permitidos ni el procesamiento de detalles médicos por los ayuntamientos, ni el incumplimiento del secreto médico profesional por parte de los asistentes profesionales. La Agencia de Protección de Datos de Países Bajos (CBP) señaló con firmeza esta cuestión en abril de 2015.
Para obligar a los asistentes profesionales de menores a incluir los detalles médicos en la factura, se necesita una enmienda. En abril de 2015, el gobierno envió una propuesta que recibió comentarios muy negativos en la Tweede Kamer (Cámara de Representantes) y también por parte de la CBP.
Ahora, dos viceministros neerlandeses, Martin Van Rijn y Klaas Dijkhoff, tienen que adaptar la propuesta, pero ya no quieren pasar por el proceso democrático. Han sacado una normativa provisional sin contar con el parlamento que obliga a los asistentes de menores a proporcionar información médica a los gobiernos locales. Privacy Barometer ha tenido acceso a esta norma que puede consultarse aquí (pdf).
Ilegal
Una normativa provisional como ésta sólo está autorizada cuando se basa en una ley, especialmente cuando se trata de una cuestión tan importante como el secreto médico profesional. La normativa tiene que cumplir los requerimientos de la Ley de protección de datos personales. La normativa provisional de Van Rijn y Dijkhoff no la cumple y, por consiguiente, es ilegal.
Por ejemplo, no se ha tenido en cuenta la necesidad de solicitar todos los datos médicos para poder abonar la factura. No se incluyen límites de proporcionalidad, entre otros. Casi no existen restricciones sobre quién tiene acceso a los datos y cómo se pueden usar los mismos. Una Evaluación del impacto sobre la privacidad (obligatoria) podría haber sido útil en este caso, pero no se ha llevado a cabo.
No se basa en la Ley de menores
Una normativa provisional de esas características sin la aprobación parlamentaria sólo es posible cuando está permitida por la Ley de menores, y éste no es el caso. En la Ley de menores se enumera una serie de cuestiones sobre las que los viceministros pueden proponer normas adicionales.
Pero incorporar detalles médicos en las facturas no está entre dichas cuestiones. Los viceministros pueden pretender que están utilizando el artículo 7.3.11, de la sección quinta de la Ley de menores, pero este artículo no trata sobre datos médicos en la factura, sino sobre garantizar datos. Es una cuestión totalmente diferente.
Escenario mínimo
Todavía no está nada claro si la Cámara de Representantes y el Eerste Kamer (Senado) aprobarán la enmienda revisada que los viceministros van a presentar. En caso de un gran atasco, la normativa provisional garantizaría (como mucho) que este atasco específico pueda solucionarse.
Sólo se debe incluir los datos estrictamente necesarios para conseguir que los pagos se realicen con fluidez. Eso es todo. Si se aprueba una enmienda en el futuro, puede que se consideren más permisos. Pero por el momento, sacar una normativa provisional amplia que permite mucho más de lo estrictamente necesario es un ejemplo de administración descuidada e impropia.
El escenario mínimo podría consistir en incluir el nombre del paciente y el BSN (Número de servicio ciudadano). Los viceministros han explicado que los ayuntamientos no querían colaborar con un escenario mínimo, especialmente porque consideran que el periodo en que estará vigente será muy largo y añadir más información después será una pesada carga de trabajo.
Por supuesto, ésta no es una razón suficiente para desechar el secreto médico profesional.
Camino equivocado
Como algunos ayuntamientos se niegan a pagar, no están recibiendo ningún dato médico. Según los viceministros "puede llegar a producirse una situación en la que la atención a los menores, la prevención, las medidas de protección de menores o la rehabilitación de menores no puedan ser facturadas ni abonadas".
Para solucionarlo, Van Rijn and Dijkhoff, en cooperación con la Vereniging van Nederlandse Gemeenten (Asociación de Ayuntamientos de los Países Bajos) y la CBP, hicieron esta normativa provisional compartida.
Si llega a darse en la práctica un atasco grande en los pagos de la atención a los menores, éste no es, desde luego, el camino a tomar. Ante un problema importante, se debería plantear la solución a la Cámara de Representantes y al Senado.
Si realmente se producen atascos graves será el momento de tomar decisiones rápidas. Es llamativo que Van Rijn and Dijkhoff hayan preferido redactar una normativa provisional ilegal en sus despachos. Quizá la necesidad no es tan grande como se pretende hacer creer.
Colaborador: Privacy Barometer