El 25 de junio, el Parlamento Lituano (Seimas) modificó las disposiciones del Código Penal que regulan la utilización de la detención preventiva.
La detención preventiva es muy frecuente en Lituania. A pesar de que la detención debería ser la más estricta de las medidas restrictivas, los juzgados autorizan el 95% de todas las solicitudes para su utilización o ampliación. En esta área, Lituania lidera a Europa y se empareja con Kazajistán: hasta 2.000 personas son detenidas y encarceladas antes de ser condenadas en Lituania cada año. La detención preventiva se utiliza 10 veces más que la libertad bajo fianza y casi 50 veces más que el arresto domiciliario.
Personas famosas
A menudo, la gente no sabe diferenciar entre detención preventiva y encarcelamiento. Es importante tener claro que la detención es una medida restrictiva para garantizar que la investigación anterior al juicio y el propio juicio se desarrollan con normalidad; no es una medida para castigar al acusado.
El problema del abuso de las detenciones en Lituania llamó la atención por primera vez a finales de 2012 y principios de 2013, tras la detención de dos personas famosas: Andrius Romanovskis, un lobbista, y Mindaugas Balčiūnas, que era entonces el secretario general de la Federación Lituana de Baloncesto. Los agentes de las fuerzas de seguridad y los jueces que han participado en encuestas realizadas por el Instituto de Seguimiento de los Derechos Humanos (HRMI), han admitido que la detención preventiva a menudo se solicita y se concede a sabiendas de que no es estrictamente necesaria, dadas las circunstancias del caso.
Cinco medidas nuevas
La semana pasada, el Parlamento aprobó modificaciones integrales del código penal en relación a la utilización de la detención preventiva. Éstas son las medidas más importantes introducidas por la reforma:
1. Al considerar una solicitud del fiscal para la utilización o ampliación de la detención preventiva, los jueces ahora pueden no sólo aceptar o rechazar la detención preventiva, sino también elegir otra medida restrictiva que sea más apropiada según su criterio.
2. Al ordenar la detención preventiva, los jueces tienen ahora el deber explícito de indicar las circunstancias objetivas y las razones que determinan que otras medidas restrictivas menos estrictas no son adecuadas en cada caso concreto. Actualmente, esta explicación se limita normalmente a afirmaciones formales de que las medidas menos estrictas no son apropiadas.
3. El periodo máximo de detención preventiva en juicios por infracciones menores o menos graves se ha reducido de 18 a 9 meses; la detención preventiva máxima de menores de edad pasa de 12 a 6 meses.
4. Los recursos contra un fallo que ordene o rechace la detención preventiva no serán ya examinados por un juez único de un tribunal superior, sino por un panel de tres jueces.
5. Al solicitar la utilización de la detención preventiva como medida restrictiva, el fiscal debe siempre permitir al abogado defensor el acceso al material, de la investigación anterior al juicio, en que se basa la solicitud. Esta obligación también se aplica cuando se solicite al juzgado la utilización de otras medidas restrictivas: vigilancia intensiva, arresto domiciliario y la imposición de la obligación de vivir alejado de la víctima.
Los abogados destacan la necesidad de la formación
"La nueva notoriedad de los problemas de la detención preventiva ha traído resultados: en los dos últimos años ha habido un descenso notable de su utilización. En 2014 se dio la menor cifra de detenidos de la última década. Esperamos que las modificaciones contribuirán a garantizar en la práctica el derecho a un juicio justo en Lituania", declaró el abogado de HRMI Karolis Liutkevičius, al comentar la reforma.
"Instamos a que esto no se quede en una simple modificación legislativa. Es necesario proporcionar formación a los agentes de seguridad y explicar con claridad el objetivo y los motivos apropiados de la detención preventiva o las otras medidas restrictivas, haciéndoles conscientes de las normas internacionales de derechos humanos aplicables en esta área."
Las modificaciones del código penal fueron propuestas por el Ministerio de Justicia, con la activa participación en el proceso de redacción del Instituto de Seguimiento de los Derechos Humanos y Fair Trials International. Las recomendaciones de estas organizaciones se incluyeron en el borrador final.